En España, la normativa que regula los sistemas de protección contra incendios, incluidas las columnas secas, es el Código Técnico de la Edificación (CTE). El CTE establece los requisitos mínimos que deben cumplir los edificios en cuanto a seguridad contra incendios y define los sistemas de protección contra incendios que deben instalarse en función de la categoría de riesgo del edificio.
En el caso de las columnas secas, el CTE establece los requisitos mínimos que deben cumplir estos sistemas. Algunos de los aspectos que cubre el CTE en relación con las columnas secas incluyen:
- Diseño y dimensionamiento de las columnas secas.
- Ubicación y accesibilidad de las columnas secas.
- Requisitos de suministro de agua y presión.
- Conexiones y válvulas de control.
- Protección contra el congelamiento en sistemas de columnas secas húmedas.
Además del CTE, existen otras normativas y regulaciones que pueden ser aplicables a los sistemas de columna seca en función del tipo de edificio y su uso. Por ejemplo, las normativas de protección contra incendios en los edificios públicos y privados, que establecen los requisitos específicos para la protección contra incendios en cada tipo de edificio.
Es importante que los propietarios y operadores de edificios se aseguren de cumplir con la normativa y regulaciones aplicables para garantizar que sus sistemas de columna seca sean seguros y efectivos en caso de incendio.
Revisiones :
- Cada 3 meses: Comprobación de la señalización y libre acceso. Limpieza de los elementos y engrase de los cierres y bisagras.
- Cada año: Comprobación de los componentes, ensayo de la manguera, estanquidad del conjunto y comprobación del manómetro.
- Cada 5 años: Prueba hidrostática de la manguera a 15 kg/cm2
Los tapones también se consideran a todos los efectos como racores y por lo tanto están
sujetos a la norma UNE 23400 y a la consiguiente exigencia a marca de conformidad a norma.
La zona próxima a la toma de fachada de la columna seca, se deberá mantener libre de obstáculos,
reservando un emplazamiento, debidamente señalizado, para el camión de bombeo.
El sistema de columna seca, se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de
estanquidad y resistencia mecánica, sometiéndolo a una presión estática igual a la máxima de servicio y,
como mínimo de 1470 kPa (15 kg/cm2 en columnas de hasta 30 m y de 2.450 kPa (25 kg/cm2)
en columnas de más de 30 m de altura, durante dos horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación.
El sist ema de columna seca, estará señalizado, conforme indica el anexo I, sección 2ª, del presente
reglamento, con el texto “USO EXCLUSIVO BOMBEROS”. La señalización se colocará inmediatamente
junto al armario del sistema de columna seca y no sobre el mismo, identificando las plantas y/o zonas a las
que da servicio cada toma de agua, así como la presión máxima de servicio.